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23.4.2003 - Nueva gestión y nuevos mecanismos de financiación para las redes transeuropeas de transporte

La Comisión ha presentado hoy, en una Comunicación al Parlamento y al Consejo, las financiaciones innovadoras y los sistemas de gestión necesarios para realizar los grandes proyectos de infraestructura, así como una propuesta de Directiva relativa a la generalización y la interoperabilidad de los sistemas de telepeaje. Conjuntamente, estos dos textos contribuirán a crear condiciones más favorables para un uso más racional de las redes transeuropeas de transporte y para completar su realización. Loyola de Palacio, Vicepresidenta de la Comisión responsable de transporte y energía, declaró su satisfacción ante estas propuestas: "Los problemas financieros y estructurales que suponen crear todas estas infraestructuras costosas, esenciales para la cohesión de nuestro continente, no se van a resolver de la noche a la mañana, pero estas propuestas sientan las bases que nos permitirán construir, juntos, el sistema futuro de transporte para una Unión ampliada".

Bruselas.- Completar las redes transeuropeas de transporte (RTE-T) en una Unión Europea ampliada y garantizar una utilización más eficaz de la infraestructura requiere un nuevo enfoque global a escala comunitaria. La Comunicación mencionada explora las opciones para mejorar la rentabilidad financiera de los proyectos y lanza una consulta sobre estos temas. A continuación, la Comisión presentará propuestas para solventar los retrasos registrados en la realización de las redes transeuropeas de transporte. El objetivo de estas propuestas es superar las limitaciones actuales de la financiación pública y fomentar el recurso a las asociaciones entre el sector público y el privado (APP) mediante métodos e incentivos innovadores. También se trata de garantizar la coherencia entre las estructuras de gestión de estos proyectos, sobre todo con nuevos sistemas de financiación. Estructuras de gestión e instrumentos financieros En el contexto de las RTE-T, la Comisión ha propuesto hoy una serie de soluciones: - Definir mejor los proyectos y mejorar la sinergia de las inversiones públicas; establecer mejor las prioridades y reforzar la coordinación de las financiaciones. - Aplicar estructuras de gestión jurídica y financiera basadas en el modelo de las Sociedades Europeas1 ; podría crearse una estructura específica para cada proyecto transnacional, lo que mejoraría su transparencia y su coordinación y permitiría simplificar los trámites administrativos, reducir los gastos generales y obtener economías de escala. - Prever una estructura para el fomento y la coordinación de la gestión de las RTE-T. - Prever la posibilidad de préstamos y de garantías de préstamos comunitarios2 , si los proyectos resultan viables desde un punto de vista económico, para cubrir los riesgos, incluidos los riesgos políticos. Directiva propuesta relativa a la generalización y la interoperabilidad de los sistemas de telepeaje El proyecto de Directiva conexo3 presentado hoy se propone crear un servicio europeo de tarificación electrónica para garantizar la interoperabilidad de los sistemas de pago en el mercado interior y contribuir a la elaboración de políticas de tarificación de las infraestructuras europeas. La Directiva se aplicará a todas las carreteras, a los puentes y a los túneles e incluso a los transbordadores, ya sean de la RTE-T, interurbanos o urbanos. El sistema se basará en un único contrato por cliente y una única caja por vehículo. Los beneficios serán una menor congestión, una mayor fluidez del tráfico y una menor cantidad de transacciones en efectivo en los peajes. Las propuestas contribuirán al desarrollo de la sociedad de la información, integrando la tecnología de microondas, de localización por satélite (GNSS) y de telefonía móvil (GSM/GPRS). Se propone un servicio europeo único de peaje electrónico. Así, los usuarios podrán inscribirse ante cualquier gestor de la red. Éstos deberán prestar el servicio a partir del 1 de enero de 2005 a todos los vehículos de más de 3,5 toneladas o que transporten a más de 9 personas, y a todos los demás tipos de vehículos a partir del año 2010. El servicio incluirá un protocolo de acuerdo entre los gestores, que deberán ajustarse a determinadas especificaciones funcionales y a requisitos cualitativos y cuantitativos, y garantizar la armonización técnica. Existirá una garantía de interoperabilidad y se tendrán en cuenta los avances tecnológicos. Se establecerán disposiciones especiales para los usuarios ocasionales y otras eventualidades. La Comisión estará asistida por un comité de reglamentación, que examinará todos los asuntos relacionados con el inicio del servicio, incluida la elección de las tecnologías en que se basará dicho servicio. Contexto La interconexión y la interoperabilidad de las redes transeuropeas de transporte ha sido el núcleo central de la política comunitaria desde el Tratado de Maastricht en 19934 y se concretó mediante las orientaciones establecidas en 19965 . El Libro Blanco sobre el transporte puso de manifiesto los problemas en la realización de las redes transeuropeas de transporte, especialmente en lo que se refiere a la financiación del coste estimado de 400.000 millones de euros hasta el año 2010, sin contar los importes adicionales debidos a la ampliación. Con los niveles de inversión actuales de 15.000 a 20.000 millones de euros al año, no resulta realista considerar que se podrá completar la red en el plazo previsto recurriendo tan sólo a financiación pública. La financiación privada, mediante asociaciones del sector público y del privado, ofrece parte de la solución, especialmente para los proyectos definidos con mayor precisión y con perspectivas razonables de flujos de ingresos, pero conviene fomentar la inversión privada. En este sentido, constituirá una ayuda el recurso a nuevas estructuras empresariales y a nuevos mecanismos de financiación. http://europa.eu.int/comm/transport/themes/network/spanish/ten-t-es.html --------------------------------------------------- Reglamento (CE) nº 2157/2001 del Consejo, de 8 de octubre de 2001, por el que se aprueba el Estatuto de la Sociedad Anónima Europea (SE) - DO L 294 de 10.11.2001. En virtud del Título XV del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. El apartado 1 del artículo 103 y el artículo 267 del Tratado también prevén garantías de los Estados miembros y del Banco Europeo de Inversiones. Anunciado en el Libro Blanco : "La política europea de transportes de cara al 2010: la hora de la verdad" Artículo 155 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. Decisión nº 1692/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 1996, sobre las orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte - DO L 228 de 9.9.1996.